21/02/2012

Los Activos Financieros en las NIC 32 y 39 (II): Otros Activos Financieros.

Autores:
Julio Mata Melo (jmata@ubu.es)
Mª Begoña Prieto Moreno (begop@ubu.es)
(Profesores de la Universidad de Burgos. Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales)
Magda L. Ochoa Hernández (mlochoa@uat.edu.mx)
(Profesora de la Universidad Autónoma de Tamaulipas. México).
Halia M. Valladares Montemayor (hvalladares@mtroyal.ca)
(Associate Professor, Mount Royal University, Canada)


Resumen
El presente artículo, continuación del trabajo “Los Activos Financieros en las NIC 32 y 39: Préstamos y Partidas a Cobrar”, analiza el resto de activos financieros incluidos en las Normas Internacionales de Contabilidad 32 (Instrumentos financieros: Presentación e información a revelar) y 39 (Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración); es decir: Inversiones mantenidas hasta el vencimiento, Activos financieros mantenidos para negociar y Activos financieros disponibles para la venta.
Los activos financieros que se ubican en estas categorías son, principalmente, los valores negociables, ya sean de renta fija o de renta variable. Para ello, en primer lugar, se introducen los conceptos y clases de las diferentes categorías enunciadas, para, a continuación, estudiar la diferente casuística que surge de los problemas de valoración inicial y posterior. Todo ello destinado a profesionales y académicos relacionados con el ámbito de las finanzas y la contabilidad.


1. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (IMV).
En esta categoría se incluyen aquellos valores representativos de deuda, que no sean derivados, con una fecha de vencimiento fija, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento distintos de:
(a) Aquéllos que desde el momento del reconocimiento inicial, la entidad haya designado para ser contabilizados al valor razonable con cambios en resultados;
(b) aquéllos que la entidad haya designado como activos disponibles para la venta; y
(c) aquéllos que cumplan la definición de préstamos y partidas a cobrar.

Como ejemplo a ubicar en esta categoría cabe citar: las obligaciones y bonos de otras empresas adquiridas en bolsa, los bonos y obligaciones del estado, etc.

Los instrumentos de patrimonio no pueden considerarse inversiones mantenidas hasta el vencimiento, ya que tienen una vida indefinida. Tampoco un instrumento de deuda perpetua puede clasificarse como inversión mantenida hasta vencimiento porque no existe fecha de vencimiento, ya que prevén pagos por intereses por tiempo indefinido.

Según la Guía de Aplicación (GA) 16 de la NIC 39: “Una entidad no tiene intención efectiva de mantener hasta el vencimiento una inversión en un activo financiero con un vencimiento fijo si:

(a) La entidad tiene intención de mantener el activo financiero por un periodo indefinido.

(b) La entidad está dispuesta a vender el activo financiero (por motivos distintos de una situación sobrevenida que no es recurrente ni ha podido ser razonablemente anticipada por la entidad) en respuesta a cambios en los tipos de interés de mercado o en los riesgos, necesidades de liquidez, cambios en la disponibilidad o en la rentabilidad de las inversiones alternativas, cambios en los plazos y fuentes de financiación o cambios en el riesgo de tipo de cambio.

(c) El emisor tiene un derecho a liquidar un activo financiero a un importe significativamente por debajo de su coste amortizado.”

Las empresas que, a efectos de valoración, ubiquen sus activos en esta categoría deben mantenerlos hasta su vencimiento, pues en el caso de que se venda o se reclasifique una parte que no sea insignificante en relación con el importe total de la categoría de inversiones mantenidas hasta el vencimiento, deberán clasificar el resto de títulos que posea en esta categoría a la de “disponibles para la venta” y no se podrán clasificar o tener clasificado ningún activo financiero en esta categoría hasta que transcurran dos ejercicios.

Excepciones. Aquéllas que correspondan a ventas o reclasificaciones:
·         Muy próximas al vencimiento, o
·         Que hayan ocurrido cuando la empresa haya cobrado la práctica totalidad del principal, o
·      Atribuibles a un suceso aislado, fuera del control de la empresa, no recurrente y que razonablemente no podía haber sido anticipado por la empresa.

Las empresas deberán evaluar su intención y capacidad de mantener sus inversiones hasta el vencimiento no sólo en el reconocimiento inicial, sino también en cualquier fecha de balance posterior.

El hecho de tener ubicados activos en esta categoría produce efectos beneficiosos para las empresas, ya que se conoce de antemano el impacto en los resultados durante la vida de los mismos y se reduce la volatilidad en los mismos frente a una posible valoración de los activos por el valor razonable, lo cual implicaría una cierta incertidumbre sobre el impacto en los resultados que pueden experimentar. No obstante, la utilización de esta categoría fuera del mundo financiero suele ser escasa debido a que las empresas no se suelen esperar al vencimiento de esta clase de títulos para recuperar la inversión.

1.1. Valoración inicial
Los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente por su valor razonable, lo que normalmente será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.

En la valoración inicial de estos activos ha de tenerse en cuenta que si existen intereses explícitos[1] devengados y no vencidos en dicho momento deberán registrarse de forma independiente. Se entiende por “intereses explícitos” aquellos que se obtienen de aplicar el tipo de interés contractual del instrumento financiero.

Ejemplo 1. Valoración inicial de IMV con intereses explícitos:
Adquirimos el 1/7/X1 a través de bolsa por importe de 101.000€, 10.000 obligaciones de la empresa “B” con la intención y la capacidad de mantenerlas hasta su vencimiento, los gastos de compra ascienden a 500€. Dichos títulos pagan un interés del 6% anual el 31/12 de cada año. Los intereses devengados hasta el momento de la adquisición ascienden a 3.000€.
Se pide: Anotaciones contables en el momento de la adquisición.
Solución:
                                                                      Registro contable:
1/7/X1. Por la adquisición de las obligaciones
D
H
IMV  (101.000 - 3.000 + 500)
Intereses a cobrar (100.000*6%*6/12)
Tesorería
98.500
3.000



101.500

1.2. Valoración posterior
Los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.



Valoración

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento:
Valoración inicial
Valor razonable de la contraprestación + Gastos de transacción
Valoración posterior
Coste amortizado


Ejemplo 2. Valoración inicial y posterior de Activos Financieros mantenidos hasta la venta.
Adquirimos a comienzos del ejercicio 20X1, 1000 obligaciones de 2000 nominales al 4% de interés anual pagadero el 31/12 de cada año
Valor de reembolso es de 2.120€. Vencimiento 5 años
Costes de transacción (comisiones e impuestos) = 7.434
Se pide: Determinar:  
  1. Tanto de interés efectivo,
  2. Tabla correspondiente a los tipos de interés de cada periodo y
  3. Asiento a 31/12 20X1

Solución:

  1. Determinación del tanto de interés efectivo:
2.007.434 = 80.000/(1+ie) + 80.000/(1+ ie)2 +…+(80.000+2.120.000)/(1+ ie)5;        ie = 0.05

  1. Tabla correspondiente a los tipos de interés de cada periodo:

Fecha
Interés devengado
Distribución intereses
Coste amortizado
a cobrar
devengado - a cobrar




2.007.434
31/12/X1
100.372
80000
20.372
2.027.806
31/12/X2
101.390
80000
21.390
2.049.196
31/12/X3
102.460
80000
22.460
2.071.656
31/12/X4
103.583
80000
23.583
2.095.238
31/12/X5
104.762
80000
24.762
2.120.000

  1. Asiento a 31/12 20X1
                                                                      Registro contable:
31/12/X1.
D
H
Intereses a cobrar
IMV
Ingresos financieros por intereses de IMV
80.000
20.372


100.372



1.3. Deterioro de Inversiones mantenidas hasta el vencimiento
Al menos al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas aplicando los mismos criterios que los establecidos para los préstamos y partidas a cobrar. No obstante, se puede utilizar el valor de mercado del instrumento como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros, siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que pudiera recuperar la empresa. Entendemos que una simple bajada de la cotización de unos títulos no significa necesariamente que estén deteriorados, ya que puede deberse a otros factores, como puede ser el incremento de los tipos de interés de mercado que hacen bajar la cotización de los existentes, lo cual no implica que no vayamos a cobrar todos dos flujos de efectivo esperados en las fechas previstas.

Ejemplo 3. Deterioro de inversiones mantenidas hasta el vencimiento.
Supongamos que tenemos a 1/1/X6 unas obligaciones de la empresa “B” que presentan un coste amortizado de 1.200.000 €, el valor nominal de los títulos también es de 1.200.000 € que serán reembolsadas el 31/12/X7. El tipo de interés de las obligaciones es del 5% anual pagadero el 31/12 de cada año[2].
A 1/1/X6 la entidad emisora se encuentra en concurso de acreedores, por lo que solo esperamos cobrar el 60% del principal, con un retraso de un año y perder todos los intereses.

Determinar:
  1. Nuevo valor del activo a comienzos de X6.
  2. Asiento contable a realizar el 31/12/X6 relativo a los intereses.

Solución:
Nuevo coste amortizado teniendo en cuenta el deterioro a 1/1/X6 = 60% de 1.200.000/(1,05)3 =  621.964
Deterioro experimentado = 1.200.000 - 621.964 = 578.036

                                                                      Registro contable:
01/01/X6. Por el deterioro experimentado
D
H
Pérdidas por deterioro de IMV
Deterioro de valor de IMV
578.036

578.036
31/12/X6. Por el devengo de intereses
D
H
IMV (5% de 621.964)
Ingresos Financieros por intereses de  IMV
31.100

31.100


2. Activos financieros mantenidos para negociar (AFN).
Para la NIC 39, un activo financiero se clasificará como mantenido para negociar si:

  • se adquiere o se incurre en él principalmente con el objetivo de venderlo o volver a comprarlo en un futuro inmediato (por ejemplo, valores representativos de deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo;
  • forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo, o
  • sea un derivado (excepto un derivado que sea un contrato de garantía financiera o haya sido designado como un instrumento de cobertura y cumpla las condiciones para ser eficaz).

Los activos financieros que se ubiquen en esta categoría deben figurar en partidas a corto plazo, ya este es el plazo que se espera que la empresa se desprenda de los mismos. Dichos activos financieros pueden ser tanto de patrimonio como de deuda.

El montante que suelen tener las empresas en este tipo de activos financieros no debe ser muy elevado respecto del total activo, pues, en principio, la finalidad de esta cartera es la materialización de excesos transitorios de tesorería por lo que el impacto en los resultados tampoco debería ser elevado, ya que lo habitual de estas inversiones es que nazcan y mueran durante el mismo ejercicio.

En esta categoría el dato del precio de adquisición se pierde ya que no tiene ninguna trascendencia para la toma de decisiones. La información más relevante de esta clase de activos es su valor de enajenación en el mercado así como los cambios que vaya experimentando a lo largo del tiempo.


2.1. Valoración inicial.

Inicialmente se valorarán por el valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
Tratándose de instrumentos de patrimonio formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido.

En la valoración inicial de los activos financieros se registrarán de forma independiente, atendiendo a su vencimiento, el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos en dicho momento así como el importe de los dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición.

Ejemplo 4. Adquisición de AFN:
Se adquiere el 2/5/X5 1.000 acciones de la empresa “X” por importe de 100.000€, gastos de transacción 1.000€. En el momento de la adquisición dichas acciones habían anunciado un dividendo de 3€ por acción que hace efectivo el 7/5/X5.
Se pide: Anotaciones contables hasta el cobro del dividendo.

Solución:
                                                                      Registro contable:
2/5/X5. Por la adquisición de las acciones
D
H
AFN   (100.000 - 3.000)
Dividendo a cobrar
Gastos de compra de AFN
Tesorería
97.000
3.000
1.000



101.000
7/5/X5. Por el cobro del dividendo
D
H
Tesorería
Dividendo a cobrar
3.000

3.000



2.2. Valoración posterior

Se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación.

Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

Los dividendos devengados con posterioridad al momento de la adquisición han de reconocerse como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias.

2.3. Deterioro.
El hecho de valorar los activos a valor razonable con cambios a resultados, en dicho valor queda reflejado el deterioro, por lo que no es necesario utilizar cuentas correctoras.

El hecho de tener activos financieros ubicados en esta categoría supone realizar la siguiente consideración: al final de cada ejercicio se venden la totalidad de los activos integrantes en esta cartera y se vuelven a comprar, sin tener en cuenta los gastos de transacción.



Valoración

Activos financieros mantenidos para negociar:
Valoración inicial
Valor razonable de la contraprestación
Gastos de transacción a pérdidas y ganancias
Valoración posterior
Valor razonable sin deducir gastos de transacción


Ejemplo 5. Adquisición, cambio de cotización y enajenación de activos financieros para negociar.
“A” compra el 15/10/X1 unas acciones por importe de 60.000 € (gastos de compra 400€). El 31/12/X1 la cotización de los títulos asciende a 48.000€. El día 1/3/X2 vende las acciones a 64.000€ (gastos de compra 300€).

Se pide anotaciones contables que procedan.

Solución:

15/10/X1. Por adquisición de las acciones:
D
H
AFN
 Servicios bancarios
Tesorería
60.000
400


60.400
31/12/X1. Por el ajuste de valor:
D
H
 Pérdidas en cartera de negociación
AFN
12.000

12.000
1/3/X2 Por la venta:
D
H
Tesorería
Servicios bancarios
AFN
 Beneficios en cartera de negociación
63.700
300


48.000
16.000


Ejemplo 6.  Adquisición, dividendos, cambios de valor y enajenación de activos financieros para negociar.

El 16/2/X3 adquirimos en bolsa 20.000 acciones de “A” y 20.000 de “B”. Los costes de transacción ascienden al 1% tanto de las compras como de las ventas. En el momento de la adquisición, las acciones de “A” habían anunciado el reparto de un dividendo por importe de 6€ por acción que se hizo efectivo el 20/2/X3

Tabla cotizaciones de los títulos:

Cotizaciones
15/2/X3
31/12/X3
1/4/X4
31/12/X4
A
160
158
150
164
B
80
70
84
76


El 31/3/X4 A y B reparten un dividendo de 4 y 2€ por acción respectivamente.
El 1/4/X4 se realizan las siguientes ventas: 10.000 de A y 10.000 de B

Se pide: Anotaciones correspondientes en el Libro Diario.

Solución:

16/02/X3. A la adquisición:
D
H
AFN (acciones de A) 20.000* (160-6)
Dividendo activo a cobrar (20.000 * 6)
AFN (acciones de B) 20.000 * 80
Gastos de compra  4.800.000*1%
Tesorería
3.080.000
120.000
1.600.000
48.000





4.828.000
20/2/X3. Por el obro del dividendo:
D
H
 Tesorería
 Dividendo activo a cobrar
120.000

120.000
31/12/X3 Por la actualización del valor:
D
H
AFN (acciones de A) (20.000* 158 – 3.080.000)
AFN (acciones de B) (acc.B) (20.000 * (70 – 80)
Pérdidas por cartera de negociación
80.000

120.000

200.000

31/3/X4 Por el cobro del dividendo de las acciones de A y de B
D
H
Tesorería
Ingresos Financieros por dividendos 20.000*(4+2)
120.000

120.000
1/4/X4. Por la venta de los títulos
D
H
Tesorería 10.000*150 + 10.000*84 – 11.700
Gastos de venta. 1% de (10.000*150 + 10.000*84)
AFN (acciones de A) 10.000 * 158
AFN (acciones de B) (acc.B 10.000 * 70)
Pérdidas de cartera de negociación
2.316.600
23.400


60.000


1.580.000
700.000

31/12/X4 Por la actualización del valor:
D
H
AFN (acciones de A) 10.000* (164- 158)
AFN (acciones de B) 10.000 * (76 – 70)
Beneficios de cartera de negociación
60.000
60.000



120.000


3. Activos financieros disponibles para la venta. (AFDV)

Esta categoría es residual, es decir, se ubicarán tanto los títulos de deuda como los instrumentos de patrimonio de otras empresas que no se hayan clasificado en ninguna de las categorías de activos financieros contempladas anteriormente.

En esta categoría se clasifican aquellos activos financieros sobre los que no se contempla su enajenación en el corto plazo, pero tampoco se descarta, si se considera oportuno, realizarlas en el futuro si cambian las circunstancias. Por ejemplo, clasificaríamos en esta categoría las acciones adquiridas que no tengamos una idea clara de qué hacer con las mismas, si venderlas o mantenerlas, igualmente se clasifican aquellos títulos de deuda sobre los que no tengamos capacidad o intención de mantenerlos hasta su vencimiento. Asimismo se clasifican en esta categoría las acciones no cotizadas.

3.1. Valoración inicial.

Los activos financieros disponibles para la venta se valorarán inicialmente por su valor razonable más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.
Formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido.

3.2. Valoración posterior.

Los activos financieros disponibles para la venta se valoran por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero cause baja del balance o se deteriore, momento en que el importe así reconocido, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Las cuentas que recogen los ajustes de valor en el patrimonio neto de estos activos pueden presentar saldo deudor o acreedor, dependiendo de que se trate de una disminución o de un incremento en el valor de los activos, y se registran en los grupos 8 y 9 del P.G.C., consecuentemente formarán parte del Estado de gastos e ingresos reconocidos que forma parte a su vez del Estado de cambios en el patrimonio neto.

Al contrario de lo que sucede con la cartera de negociación, los activos financieros ubicados en esta categoría al valorarse a valor razonable con cambios a patrimonio neto no se pierde la información del coste histórico o precio de adquisición, que se obtiene al sumar o restar al saldo que presente el activo en cuestión, los ajustes imputados al patrimonio neto. 

Desde el punto de vista fiscal en el caso de que los ingresos y los gastos se imputaran en el período impositivo en que se devenguen, las variaciones en el valor razonable imputadas directamente en el patrimonio neto no formarían parte de la resultado fiscal hasta el periodo en el que se traspasen a pérdidas y ganancias.

Ejemplo 7. Adquisición, valoración posterior y venta de activos financieros disponible para la venta.
El día 12/2/X2 adquirimos a través de bolsa  acciones de la empresa “A” y “B” las cuales se ha clasificado como “disponibles para la venta”.
Los costes de transacción has ascendido a 2.000 € para las acciones de “A”  y 2.000 € para las de “B”.


Cotizaciones
Acciones
12/2/X2
31/12/X2
31/12/X3
A
148.000
100.000

B
158.000
200.000
220.000

El 25/9/X3, vendió los títulos A por 120.000 €.

SE PIDE: Realizar los asientos correspondientes a las siguientes fechas: 12/2/X2; 31/12/X2; 25/9/X3 y 31/12/X3 suponiendo una tasa del impuesto de beneficios del 30%.


Solución:

Registro contable:
12/2/X2. Por la adquisición de las acciones de “A” y de “B”:
D
H
AFDV. Acciones de A
AFDV. Acciones de B
Tesorería
150.000
160.000


310.000
31/12/X2. Por la revisión del valor razonable de los títulos de A
D
H
Patrimonio neto en AFDV. Acciones de A (70% de 50.000)
Activo por Diferencias Temporarias Deducibles[3] (30% de 50.000)
AFDV. Acciones de A
               (150.000 – 100.000)
35.000
15.000


50.000
31/12/X2. Por la revisión del valor razonable de los títulos de B
D
H
AFDV. Acciones de B   (200.000 – 160.000)
Patrimonio neto en AFDV. Acciones de B (70% de 40.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles[4] (30% de 40.000)
40.000

28.000
12.000
25/9/X3.  Por  la venta de los títulos de “A”
D
H
Tesorería
AFDV. Acciones de A
Bº en AFDV
            (120.000 - 100.000)
120.000


100.000
20.000
25/9/X3.  Por el traspaso acumulado en cuentas de patrimonio neto a resultados:
D
H
Pérdidas de AFDV
Patrimonio neto en AFDV. Acciones de A
Activo por Diferencias Temporarias Deducibles
50.000

35.000
15.000
31/12/X3. Por la actualización del valor correspondiente a las acciones de “B”
D
H
AFDV. Acciones de B. Acciones de B (220.000 -200.000)
Patrimonio neto en AFDV. Acciones de B (70% de 20.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 20.000)
20.000

14.000
6.000


Ejemplo 8. Valoración y registro de activos financieros de renta fija clasificados en la cartera de “Disponibles para la venta”.
A 31/12/X3 la cuenta “Valores representativos de deuda a largo plazo” de la empresa ZZ presenta un saldo de 410.000 €. Dicha cuenta hace referencia a unas obligaciones asignadas a la cartera de “Activos financieros disponibles para la venta” que fueron adquiridas en su día por importe de 402.000 €, devengan un interés anual de 6% pagadero el 31/12 de cada año y se amortizan el 31/12/X6 por su valor nominal que asciende a 400.000 €. En el momento actual el tipo de interés de mercado para activos similares se sitúa en el 4%.

Se pide: Suponiendo que se hayan cobrado los intereses correspondientes al ejercicio X3 y que la tasa del impuesto sobre beneficios sea del 30% determinar:
  1. el valor razonable de los títulos a 31/12/X4
  2. Anotaciones contables que procedan en dicha fecha.

Solución:
  1. Determinación del valor razonable:
El valor razonable será el valor de los flujos de efectivo esperados descontados al tipo de interés de mercado de activos similares.

Valor razonable = 6% de 400.000/1,04 + 6% de 400.000/1,042 + (6% de 400.000 + 400.000)/1,043 = 422.200

Como el saldo actual de los títulos es de 410.000 tendremos que incrementar su valor en 12.200 € hasta que alcance el valor de 422.200 €.


     2. Anotaciones contables:

Registro contable de las obligaciones de WW:
31/12/X3. Por la revisión del valor razonable de las obligaciones:
D
H
Valores representativos de deuda a largo plazo. Obligaciones de WW
Patrimonio neto. Obligaciones de WW (70% de 12.200)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 12.200)
12.200

8.540
3.660







Por lo que respecta a las acciones no cotizadas, lo más habitual es que no se pueda realizar una revisión periódica del valor al no poderse obtener un valor razonable fiable. Por lo tanto en este caso, la valoración posterior no se realiza a valor razonable sino al coste y, si procede, se disminuye por el deterioro de valor que pueda corresponderle.


3.3. Deterioro del valor de activos financieros disponibles para la venta.

La reducción de valor de los activos financieros disponibles para la venta puede realizarse, bien mediante la disminución directa con cambios a patrimonio neto, o bien, mediante el reconocimiento de deterioro. Las empresas deberán decidir si se trata de una simple disminución de precios o, por el contrario, se trata de un deterioro derivado de un cambio sustancial en la situación del emisor de los títulos.

En el caso de que estén deteriorados los activos financieros disponibles para la venta vendrá motivado por uno o más eventos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial, y que ocasionen:
a) En el caso de los instrumentos de deuda adquiridos, una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros, que pueden venir motivados por la insolvencia del deudor; o
b) En el caso de inversiones en instrumentos de patrimonio, la falta de recuperabilidad del valor en libros del activo, evidenciada, por ejemplo, por un descenso prolongado o significativo en su valor razonable por debajo de su coste.

El importe de la pérdida acumulada que haya sido reclasificado del patrimonio neto al resultado del ejercicio será la diferencia entre el coste de y el valor razonable actual, menos cualquier pérdida por deterioro del valor de ese activo financiero previamente reconocida en el resultado del ejercicio.

Las pérdidas acumuladas reconocidas en el patrimonio neto por disminución del valor razonable, siempre que exista una evidencia objetiva de deterioro en el valor del activo, se reconocerán en el resultado del ejercicio.

En el caso de que, como consecuencia de algún evento ocurrido en algún ejercicio posterior, revierta el deterioro, procederemos de la siguiente forma en función de la modalidad del activo financiero disponible para la venta de que se trate:
·         Instrumentos de deuda. Hasta  recuperar el importe deteriorado se imputa al resultado del ejercicio, y si sobrepasa dicho importe se lleva directamente a patrimonio neto.
·         Instrumentos de patrimonio valorados a valor razonable. El incremento de valor razonable por la reversión del deterioro se registrará directamente contra el patrimonio neto.
·         Instrumentos de patrimonio valorados a coste, por no poder determinarse con fiabilidad su valor razonable, no será posible la reversión del deterioro reconocido en ejercicios anteriores.

Ejemplo 9. Deterioro de activos financieros disponibles para la venta.
A 31/12/X3 la cartera de activos financieros disponibles para la venta de la empresa TT está compuesta por los siguientes valores:

  • 20.000 obligaciones de la empresa AA adquiridas en X1 por importe de 400.000 €. El 31/12/X2 se reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000 € ya que AA atravesaba serias dificultades financieras pero a fecha actual el valor razonable se ha recuperado hasta alcanzar un importe de 408.000 €
  • 10.000 obligaciones de la empresa BB adquiridas en X1 por importe de 202.000 €, presentando un valor razonable a 31/12/X2 por importe de 196.000 €. A fecha de balance se comprueba que los títulos han experimentado un fuerte deterioro, alcanzando una valor de 120.000 €.
  • 10.000 acciones de la empresa CC adquiridas en su día por importe de 380.000 €. El 31/12/X2 se reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000 € ya que CC se encontraba al borde del concurso de acreedores pero a fecha actual el valor razonable se ha recuperado hasta alcanzar un importe de 440.000 €.
  • 40.000 acciones no cotizadas de la empresa DD adquiridas en su día por importe de 300.000 €. El 31/12/X2 se reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000€, pues el valor recuperable máximo que se cifró ascendió a 22.000 €. A fecha actual se considera que la empresa DD se ha recuperado y su valor se estima que está por encima de 320.000 € aunque no es fiable esta valoración.
Se pide: anotaciones contables que procedan correspondiente a los diferentes activos financieros de la cartera disponibles para la venta suponiendo que el tipo impositivo es del 30%.

Solución:
Obligaciones AA. Hemos de registrar los títulos por el valor razonable que presenten en dicha fecha registrando la reversión del deterioro en cuentas de pérdidas y ganancias y el importe que supere el deterioro reconocido en el ejercicio anterior se registra directamente en cuentas de patrimonio neto.

Registro contable de las acciones AA:
31/12/X3. Por la revisión del valor razonable de las obligaciones de AA
D
H
Deterioro de valor de AFDV
Reversión del deterioro de AFDV
80.000

80.000
AFDV. Obligaciones de AA
Patrimonio Neto. Obligaciones de AA (70% de 8.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 8.000)
8.000

5.600
2.400









Obligaciones de BB. Hemos de valorar las obligaciones por un importe neto 120.000 €, llevar el importe acumulado en cuentas de patrimonio neto a resultados y reconocer un deterioro por la diferencia con la valoración anterior.

Registro contable de las obligaciones de BB:
31/12/X3. Por la revisión del valor razonable de las acciones de BB
D
H
Pérdidas de AFDV
Patrimonio Neto. Obligaciones de AA (70% de 6.000)
Activo por diferencias temporarias deducibles (30% de 6,000)
6.000

4,200
1.800
Pérdidas por deterioro AFDV
Deterioro de valor de AFDV
          196.000 – 120.000
76.000

76.000










Acciones CC. Valoramos los títulos de CC por el valor razonable que presentan a 31/12/X3 registrando el incremento de valor directamente en cuentas de patrimonio neto al tratarse de instrumentos de patrimonio. En este caso la recuperación del deterioro se considera como una revalorización del activo.

Registro contable de las acciones CC:
31/12/X3. Por la revisión del valor razonable de las acciones de CC
D
H
Deterioro de valor de AFDV
Patrimonio Neto. Acciones de CC (70% de 80.000)
Activo por diferencias temporarias imponibles (30% de 80.000)
80.000

56.000
2.400
AFDV. Acciones de CC (440.000 – 380.000)
Patrimonio Neto. Acciones de CC (70% de 60.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 60.000)
60.000

42.000
18.000











Acciones de DD. Al tratarse de instrumentos de patrimonio no cotizado y de los que no puede obtenerse un valor razonable fiable, el importe del deterioro reconocido en el ejercicio anterior no tiene reversión posible mientras no pueda determinarse un valor razonable fiable, en cuyo caso procederíamos como en el punto anterior (acciones de CC).

4. Reclasificación de activos financieros.

Lo normal es que no se realicen cambios de unas categorías a otras, no obstante, en algunas situaciones es necesario realizarse dichos cambios debido a decisiones efectivas que lo provocan, por ejemplo si vendemos una parte significativa de los activos financieros mantenidos hasta el vencimiento, ello hace que el resto de los activos de esa cartera pasen a la de “disponibles para la venta”, o si seguimos adquiriendo títulos de una compañía que teníamos en la cartera de negociación o de “disponibles para la venta” puede llegar un momento en el que pasen a considerarse dichos títulos como una empresa asociada, del grupo o multigrupo.

Cuando se produce un cambio de categoría el valor contable de la categoría de origen se considera coste en la de destino y, posteriormente, se aplican sus reglas, sin que el cambio de categoría pueda dar lugar a pérdidas o ganancias.

Como comentamos anteriormente, los activos financieros ubicados en la categoría de “mantenidos hasta el vencimiento” pueden pasar, si se dan las circunstancias, a la categoría de “disponibles para la venta”, y pueden volver a la categoría de origen si transcurridos dos ejercicios la entidad lo considera más razonable.  

Los activos financieros que inicialmente fueron ubicados en la cartera de negociación (a valor razonable con cambios al resultado del ejercicio) no pueden reclasificarse, salvo cuando proceda calificar al activo como inversión en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo o asociadas.

Cuando la inversión en el patrimonio de una empresa del grupo, multigrupo o asociada deje de tener tal calificación, la inversión que, en su caso, se mantenga en esa empresa se valorará de acuerdo con las reglas aplicables a los activos financieros disponibles para la venta.


Reclasificación de activos financieros:

ORIGEN



DESTINO
Activos financieros mantenidos hasta el vencimiento
Activos a valor razonable con cambios en resultados
Activos financieros disponibles para la venta
Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas
Activos financieros mantenidos hasta el vencimiento


NO

SI

NO
Activos a valor razonable con cambios en resultados

NO



NO


NO
Activos financieros disponibles para la venta

SI

NO



SI
Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas

NO

SI

SI




Ejemplo 10. Reclasificación la cartera de “mantenidos hasta el vencimiento a la de “disponibles para la venta” debido a sanción por incumplimiento de las condiciones.

Se adquieren a comienzos del ejercicio X2, 20.000 obligaciones de la empresa “FF.” por 400.000 €, dicho importe coincide con el valor nominal de las obligaciones que hemos decidido asignarlas a la cartera de “activos financieros mantenidos hasta el vencimiento”, gastos de transacción 3.200 €. Dichos títulos devengan un interés anual del 5% pagadero el 31/12 de cada año y se amortizan el 31/12/X6. El 31/12/X2, una vez cobrados los intereses del ejercicio, ante la necesidad de liquidez de la empresa se venden la mitad de los títulos por importe de 196.000 €, gastos de transacción 1.600 €.
El 31/12/X2 se enajenan los títulos restantes por importe de 200.000 €, gastos de transacción 1.600 €.

Se pide: Realizar las anotaciones contables que procedan suponiendo una tasa del impuesto de beneficios del 30%.

Solución:
El hecho de vender una parte no insignificante de los títulos ubicados en la cartera de “mantenidos hasta el vencimiento” contamina el resto de las obligaciones mantenidas en dicha cartera que pasan a la categoría de “disponibles para la venta”, registrando las diferencias de valor en el patrimonio neto.


Registro contable de las obligaciones “FF”:
1/11/X2. Por la adquisición de las obligaciones
D
H
AFMV. Obligaciones de FF
Tesorería
403.200

403.200
31/12/X2. Por el cobro de intereses
D
H
Tesorería
Ingresos financieros por intereses
20.000

20.000
31/12/X2. Por la venta de los títulos
D
H
Tesorería (196.000 – 1.600)
Pérdidas en obligaciones de FF
AFMV. Obligaciones de FF   (201.600/2)
194.400
7.200


201.600
31/12/X2. Por la reclasificación de la cartera
D
H
AFDV. Obligaciones de FF
Patrimonio neto. Obligaciones de FF 70% de 5.600 (201.600 – 196.000)
Activo por diferencias temporarias deducibles (30% de 5.600)
AFMV. Obligaciones de FF
Los gastos de transacción no se tienen en cuenta  
196.000
3.920
1.680



201.600
31/12/X3. Por el cobro de intereses
D
H
Tesorería
 Ingresos Financieros por intereses
10.000

10.000
31/12/X3. Por la venta de los títulos
D
H
Tesorería (200.000 – 1.600)
Beneficios en obligaciones de FF
AFDV. Obligaciones de FF
198.400



2.400
196.000
31/12/X3. Por el traspaso de patrimonio neto a resultados:
D
H
Perdidas obligaciones de FF
Patrimonio neto. Obligaciones de FF
Activo por diferencias temporarias deducibles
5.600

3.920
1.680










5. Cuadro resumen de la valoración inicial y posterior de los activos financieros.

En el siguiente cuadro figura un cuadro resumen de las valoraciones iniciales y posteriores de los diferentes activos financieros.


Clase






Momento
Préstamos y partidas a Cobrar:

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento
Activos financieros mantenidos para negociar
Activos financieros disponibles para la venta
Intereses incluidos en nominal no significativos
Intereses incluidos en nominal significativos


Valoración inicial
Se puede optar entre:
·         VR + Gastos de Transac.
       o
·         Valor nominal


VR+ Gastos de Transac.


VR+ Gastos de Transac.


VR

Gastos de Transac. a resultados


VR+Gastos de Transac

Valoración posterior[5]
Coste amortizado
      o
Valor nominal
Coste amortizado
Coste amortizado
VR con cambios a rtdos
VR con cambios a PN
o
Coste si no hay VR fiable

El importe de los dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición así como el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos en dicho momento se registrará de forma independiente.



[1] Intereses explícitos son aquellos que no forman parte del valor de reembolso. 
[2] El tanto de interés efectivo coincide con el tanto de interés de las obligaciones al coincidir a 1/1/X6 el coste amortizado con el valor de reembolso.
[3] En el presente ejercicio no tendrá la consideración de gasto fiscal la disminución de la cotización experimentada, pero en el ejercicio en el que se vendan los títulos si que tendrá dicha consideración
[4] En el presente ejercicio no tendrá la consideración de ingreso fiscal el incremento de la cotización experimentada, pero en el ejercicio en el que se vendan los títulos si que tendrá dicha consideración. 
[5] En la valoración posterior del cuadro-resumen no está contemplado el deterioro, por lo que en el caso de estar deteriorados tendremos que reducir dicho valor, salvo en los activos financieros valorados a valor razonable con cambios a pérdidas y ganancias.