Julio Mata Melo (jmata@ubu.es)
Mª Begoña Prieto Moreno (begop@ubu.es)
(Profesores de
Magda L. Ochoa Hernández (mlochoa@uat.edu.mx)
(Profesora de
Halia M. Valladares Montemayor (hvalladares@mtroyal.ca)
(Associate Professor, Mount Royal University, Canada)
Resumen
El presente artículo,
continuación del trabajo “Los Activos
Financieros en las NIC 32 y 39: Préstamos y Partidas a Cobrar”, analiza el
resto de activos financieros incluidos en las Normas Internacionales de
Contabilidad 32 (Instrumentos financieros:
Presentación e información a revelar) y 39 (Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración);
es decir: Inversiones mantenidas hasta el vencimiento, Activos financieros
mantenidos para negociar y Activos financieros disponibles para la venta.
Los activos financieros que se ubican en estas categorías son,
principalmente, los valores negociables, ya sean de renta fija o de renta
variable. Para ello, en primer lugar, se introducen los conceptos y
clases de las diferentes categorías enunciadas, para, a continuación, estudiar
la diferente casuística que surge de los problemas de valoración inicial y
posterior. Todo ello destinado a profesionales y académicos relacionados con el
ámbito de las finanzas y la contabilidad.
1. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (IMV).
En esta categoría se incluyen aquellos valores representativos de deuda, que no sean derivados, con
una fecha de vencimiento fija, cobros de cuantía determinada o determinable, que
se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención
efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento distintos de:1. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (IMV).
(a)
Aquéllos que desde el momento del reconocimiento inicial, la entidad haya
designado para ser contabilizados al valor razonable con cambios en resultados;
(b)
aquéllos que la entidad haya designado como activos disponibles para la venta;
y
(c)
aquéllos que cumplan la definición de préstamos y partidas a cobrar.
Como ejemplo a ubicar en esta categoría cabe citar:
las obligaciones y bonos de otras empresas adquiridas en bolsa, los bonos y
obligaciones del estado, etc.
Los instrumentos de patrimonio no pueden considerarse
inversiones mantenidas hasta el vencimiento, ya que tienen una vida indefinida.
Tampoco un instrumento de deuda perpetua puede clasificarse como inversión
mantenida hasta vencimiento porque no existe fecha de vencimiento, ya que prevén
pagos por intereses por tiempo indefinido.
Según la
Guía de Aplicación (GA) 16 de la NIC 39: “Una entidad no tiene intención efectiva de mantener hasta el
vencimiento una inversión en un activo financiero con un vencimiento fijo si:
(a) La entidad tiene intención de mantener el activo financiero por un
periodo indefinido.
(b) La entidad está dispuesta a vender el activo financiero (por motivos
distintos de una situación sobrevenida que no es recurrente ni ha podido ser
razonablemente anticipada por la entidad) en respuesta a cambios en los tipos
de interés de mercado o en los riesgos, necesidades de liquidez, cambios en la
disponibilidad o en la rentabilidad de las inversiones alternativas, cambios en
los plazos y fuentes de financiación o cambios en el riesgo de tipo de cambio.
(c) El emisor tiene un derecho a liquidar un activo financiero a un
importe significativamente por debajo de su coste amortizado.”
Las
empresas que, a efectos de valoración, ubiquen sus activos en esta categoría
deben mantenerlos hasta su vencimiento, pues en el caso de que se venda o se
reclasifique una parte que no sea insignificante en relación con el importe
total de la categoría de inversiones mantenidas hasta el vencimiento, deberán
clasificar el resto de títulos que posea en esta categoría a la de “disponibles
para la venta” y no se podrán clasificar o tener clasificado ningún activo
financiero en esta categoría hasta que transcurran dos ejercicios.
Excepciones.
Aquéllas que correspondan a ventas o reclasificaciones:
·
Muy próximas al
vencimiento, o
·
Que hayan
ocurrido cuando la empresa haya cobrado la práctica totalidad del principal, o
· Atribuibles a un
suceso aislado, fuera del control de la empresa, no recurrente y que
razonablemente no podía haber sido anticipado por la empresa.
Las
empresas deberán evaluar su intención y capacidad de mantener sus inversiones
hasta el vencimiento no sólo en el reconocimiento inicial, sino también en
cualquier fecha de balance posterior.
El
hecho de tener ubicados activos en esta categoría produce efectos beneficiosos
para las empresas, ya que se conoce de antemano el impacto en los resultados
durante la vida de los mismos y se reduce la volatilidad en los mismos frente a
una posible valoración de los activos por el valor razonable, lo cual
implicaría una cierta incertidumbre sobre el impacto en los resultados que
pueden experimentar. No obstante, la utilización de esta categoría fuera del
mundo financiero suele ser escasa debido a que las empresas no se suelen
esperar al vencimiento de esta clase de títulos para recuperar la inversión.
1.1. Valoración
inicial
Los
activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente por
su valor razonable, lo que normalmente será el precio de la transacción, que
equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes
de transacción que les sean directamente atribuibles.
En
la valoración inicial de estos activos ha de tenerse en cuenta que si existen intereses
explícitos[1] devengados
y no vencidos en dicho momento deberán registrarse de forma independiente. Se
entiende por “intereses explícitos” aquellos que se obtienen de aplicar el tipo
de interés contractual del instrumento financiero.
Ejemplo 1. Valoración inicial de IMV con
intereses explícitos:
Adquirimos
el 1/7/X1 a través de bolsa por importe de 101.000€, 10.000 obligaciones de la
empresa “B” con la intención y la capacidad de mantenerlas hasta su vencimiento,
los gastos de compra ascienden a 500€. Dichos títulos pagan un interés del 6%
anual el 31/12 de cada año. Los intereses devengados hasta el momento de la
adquisición ascienden a 3.000€.
Se
pide: Anotaciones contables en el momento de la adquisición.
Solución:
Registro
contable:
|
||
1/7/X1. Por la
adquisición de las obligaciones
|
D
|
H
|
IMV (101.000 - 3.000 + 500)
Intereses a cobrar
(100.000*6%*6/12)
Tesorería
|
98.500
3.000
|
101.500
|
1.2. Valoración posterior
Los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
Valoración
|
Inversiones mantenidas hasta el vencimiento:
|
Valoración inicial
|
Valor razonable de la contraprestación
+ Gastos de transacción
|
Valoración posterior
|
Coste amortizado
|
Ejemplo 2. Valoración inicial y
posterior de Activos Financieros mantenidos hasta la venta.
Adquirimos
a comienzos del ejercicio 20X1, 1000 obligaciones de 2000 nominales al 4% de
interés anual pagadero el 31/12 de cada año
Valor
de reembolso es de 2.120€. Vencimiento 5 años
Costes
de transacción (comisiones e impuestos) = 7.434€
Se pide: Determinar:
- Tanto de interés
efectivo,
- Tabla correspondiente
a los tipos de interés de cada periodo y
- Asiento a 31/12 20X1
Solución:
- Determinación del tanto
de interés efectivo:
2.007.434 = 80.000/(1+ie) + 80.000/(1+
ie)2 +…+(80.000+2.120.000)/(1+ ie)5; ie = 0.05
- Tabla correspondiente a los tipos de interés de cada periodo:
Fecha
|
Interés devengado
|
Distribución intereses
|
Coste amortizado
|
|
a cobrar
|
devengado - a cobrar
|
|||
2.007.434
|
||||
31/12/X1
|
100.372
|
80000
|
20.372
|
2.027.806
|
31/12/X2
|
101.390
|
80000
|
21.390
|
2.049.196
|
31/12/X3
|
102.460
|
80000
|
22.460
|
2.071.656
|
31/12/X4
|
103.583
|
80000
|
23.583
|
2.095.238
|
31/12/X5
|
104.762
|
80000
|
24.762
|
2.120.000
|
- Asiento a 31/12 20X1
Registro
contable:
|
||
31/12/X1.
|
D
|
H
|
Intereses a cobrar
IMV
Ingresos financieros por
intereses de IMV
|
80.000
20.372
|
100.372
|
1.3. Deterioro de Inversiones mantenidas
hasta el vencimiento
Al
menos al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas
aplicando los mismos criterios que los establecidos para los préstamos y
partidas a cobrar. No obstante, se puede utilizar el valor de mercado del
instrumento como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros,
siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo
representativo del valor que pudiera recuperar la empresa. Entendemos que una
simple bajada de la cotización de unos títulos no significa necesariamente que
estén deteriorados, ya que puede deberse a otros factores, como puede ser el
incremento de los tipos de interés de mercado que hacen bajar la cotización de
los existentes, lo cual no implica que no vayamos a cobrar todos dos flujos de
efectivo esperados en las fechas previstas.
Ejemplo 3. Deterioro de inversiones mantenidas
hasta el vencimiento.
Supongamos
que tenemos a 1/1/X6 unas obligaciones de la empresa “B” que presentan un coste
amortizado de 1.200.000 €, el valor nominal de los títulos también es de 1.200.000
€ que serán reembolsadas el 31/12/X7. El tipo de interés de las obligaciones es
del 5% anual pagadero el 31/12 de cada año[2].
A 1/1/X6 la entidad emisora se encuentra en concurso
de acreedores, por lo que solo esperamos cobrar el 60% del principal, con un
retraso de un año y perder todos los intereses.
Determinar:
- Nuevo valor del activo a comienzos de X6.
- Asiento contable a realizar el 31/12/X6 relativo a los intereses.
Solución:
Nuevo coste amortizado teniendo en cuenta el
deterioro a 1/1/X6 = 60% de 1.200.000/(1,05)3 = 621.964
Deterioro experimentado = 1.200.000 - 621.964 = 578.036
Registro
contable:
|
||
01/01/X6. Por el
deterioro experimentado
|
D
|
H
|
Pérdidas por deterioro de IMV
Deterioro de valor de IMV
|
578.036
|
578.036
|
31/12/X6. Por el devengo de intereses
|
D
|
H
|
IMV (5% de 621.964)
Ingresos
Financieros por intereses de IMV
|
31.100
|
31.100
|
2. Activos financieros mantenidos para negociar (AFN).
Para la NIC 39, un activo financiero se clasificará como mantenido para negociar si:
- se adquiere o se
incurre en él principalmente con el objetivo de venderlo o volver a
comprarlo en un futuro inmediato (por ejemplo, valores representativos de
deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de
patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo;
- forme parte de una
cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados
conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para
obtener ganancias en el corto plazo, o
- sea un derivado
(excepto un derivado que sea un contrato de garantía financiera o haya
sido designado como un instrumento de cobertura y cumpla las condiciones
para ser eficaz).
Los
activos financieros que se ubiquen en esta categoría deben figurar en partidas
a corto plazo, ya este es el plazo que se espera que la empresa se desprenda de
los mismos. Dichos activos financieros pueden ser tanto de patrimonio como de
deuda.
El
montante que suelen tener las empresas en este tipo de activos financieros no
debe ser muy elevado respecto del total activo, pues, en principio, la
finalidad de esta cartera es la materialización de excesos transitorios de
tesorería por lo que el impacto en los resultados tampoco debería ser elevado,
ya que lo habitual de estas inversiones es que nazcan y mueran durante el mismo
ejercicio.
En
esta categoría el dato del precio de adquisición se pierde ya que no tiene
ninguna trascendencia para la toma de decisiones. La información más relevante
de esta clase de activos es su valor de enajenación en el mercado así como los
cambios que vaya experimentando a lo largo del tiempo.
2.1. Valoración inicial.
Inicialmente
se valorarán por el valor razonable de la contraprestación entregada. Los
costes de transacción se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias del
ejercicio.
Tratándose
de instrumentos de patrimonio formará parte de la valoración inicial el importe
de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se
hubiesen adquirido.
En
la valoración inicial de los activos financieros se registrarán de forma
independiente, atendiendo a su vencimiento, el importe de los intereses
explícitos devengados y no vencidos en dicho momento así como el importe de los
dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición.
Ejemplo 4. Adquisición de AFN:
Se
adquiere el 2/5/X5 1.000 acciones de la empresa “X” por importe de 100.000€,
gastos de transacción 1.000€. En el momento de la adquisición dichas acciones
habían anunciado un dividendo de 3€ por acción que hace efectivo el 7/5/X5.
Se
pide: Anotaciones contables hasta el cobro del dividendo.
Solución:
Registro
contable:
|
||
2/5/X5. Por la
adquisición de las acciones
|
D
|
H
|
AFN (100.000 - 3.000)
Dividendo a cobrar
Gastos de compra de AFN
Tesorería
|
97.000
3.000
1.000
|
101.000
|
7/5/X5. Por el cobro del dividendo
|
D
|
H
|
Tesorería
Dividendo a cobrar
|
3.000
|
3.000
|
2.2. Valoración posterior
Se
valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que
se pudiera incurrir en su enajenación.
Los
cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de
pérdidas y ganancias del ejercicio.
Los
dividendos devengados con posterioridad al momento de la adquisición han de
reconocerse como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias.
2.3. Deterioro.
El
hecho de valorar los activos a valor razonable con cambios a resultados, en
dicho valor queda reflejado el deterioro, por lo que no es necesario utilizar
cuentas correctoras.
El
hecho de tener activos financieros ubicados en esta categoría supone realizar
la siguiente consideración: al final de cada ejercicio se venden la totalidad
de los activos integrantes en esta cartera y se vuelven a comprar, sin tener en
cuenta los gastos de transacción.
Valoración
|
Activos financieros mantenidos para negociar:
|
Valoración inicial
|
Valor razonable de la contraprestación
Gastos de transacción a pérdidas y ganancias
|
Valoración posterior
|
Valor razonable sin
deducir gastos de transacción
|
Ejemplo 5. Adquisición, cambio de
cotización y enajenación de activos financieros para negociar.
“A”
compra el 15/10/X1 unas acciones por importe de 60.000 € (gastos de compra 400€).
El 31/12/X1 la cotización de los títulos asciende a 48.000€. El día 1/3/X2
vende las acciones a 64.000€ (gastos de compra 300€).
Se
pide anotaciones contables que procedan.
Solución:
15/10/X1. Por
adquisición de las acciones:
|
D
|
H
|
AFN
Servicios bancarios
Tesorería
|
60.000
400
|
60.400
|
31/12/X1. Por el ajuste de valor:
|
D
|
H
|
Pérdidas en cartera de negociación
AFN
|
12.000
|
12.000
|
1/3/X2 Por la venta:
|
D
|
H
|
Tesorería
Servicios bancarios
AFN
Beneficios en cartera de negociación
|
63.700
300
|
48.000
16.000
|
Ejemplo
6. Adquisición, dividendos, cambios
de valor y enajenación de activos financieros para negociar.
El 16/2/X3 adquirimos en
bolsa 20.000 acciones de “A” y 20.000 de “B”. Los costes de transacción ascienden
al 1% tanto de las compras como de las ventas. En el momento de la adquisición,
las acciones de “A” habían anunciado el reparto de un dividendo por importe de 6€
por acción que se hizo efectivo el 20/2/X3
Tabla cotizaciones de los
títulos:
Cotizaciones
|
15/2/X3
|
31/12/X3
|
1/4/X4
|
31/12/X4
|
A
|
160
|
158
|
150
|
164
|
B
|
80
|
70
|
84
|
76
|
El 31/3/X4 A y B reparten un dividendo
de 4 y 2€ por acción respectivamente.
El 1/4/X4 se realizan las siguientes
ventas: 10.000 de A y 10.000 de B
Se
pide: Anotaciones correspondientes en el Libro Diario.
Solución:
16/02/X3. A la
adquisición:
|
D
|
H
|
AFN (acciones de A) 20.000* (160-6)
Dividendo activo a cobrar (20.000 * 6)
AFN (acciones de B) 20.000 * 80
Gastos de compra 4.800.000*1%
Tesorería
|
3.080.000
120.000
1.600.000
48.000
|
4.828.000
|
20/2/X3. Por el obro del dividendo:
|
D
|
H
|
Tesorería
Dividendo activo a cobrar
|
120.000
|
120.000
|
31/12/X3 Por la
actualización del valor:
|
D
|
H
|
AFN (acciones de A) (20.000* 158 – 3.080.000)
AFN (acciones de B) (acc.B) (20.000 * (70
– 80)
Pérdidas
por cartera de negociación
|
80.000
120.000
|
200.000
|
31/3/X4 Por el cobro del
dividendo de las acciones de A y de B
|
D
|
H
|
Tesorería
Ingresos
Financieros por dividendos 20.000*(4+2)
|
120.000
|
120.000
|
1/4/X4. Por la venta de los títulos
|
D
|
H
|
Tesorería
10.000*150 + 10.000*84 – 11.700
Gastos de venta. 1% de (10.000*150 + 10.000*84)
AFN (acciones de A) 10.000 * 158
AFN (acciones de B) (acc.B 10.000 * 70)
Pérdidas
de cartera de negociación
|
2.316.600
23.400
60.000
|
1.580.000
700.000
|
31/12/X4 Por la
actualización del valor:
|
D
|
H
|
AFN (acciones de A) 10.000* (164- 158)
AFN (acciones de B) 10.000 * (76 – 70)
Beneficios
de cartera de negociación
|
60.000
60.000
|
120.000
|
3. Activos
financieros disponibles para la venta. (AFDV)
Esta categoría es residual, es decir, se ubicarán
tanto los títulos de deuda como los instrumentos de patrimonio de otras empresas
que no se hayan clasificado en ninguna de las categorías de activos financieros
contempladas anteriormente.
En esta categoría se clasifican aquellos activos
financieros sobre los que no se contempla su enajenación en el corto plazo,
pero tampoco se descarta, si se considera oportuno, realizarlas en el futuro si
cambian las circunstancias. Por ejemplo, clasificaríamos en esta categoría las
acciones adquiridas que no tengamos una idea clara de qué hacer con las mismas,
si venderlas o mantenerlas, igualmente se clasifican aquellos títulos de deuda
sobre los que no tengamos capacidad o intención de mantenerlos hasta su
vencimiento. Asimismo se clasifican en esta categoría las acciones no
cotizadas.
3.1. Valoración
inicial.
Los activos financieros disponibles para la venta
se valorarán inicialmente por su valor razonable más los costes de transacción
que les sean directamente atribuibles.
Formará parte de la valoración inicial el importe
de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se
hubiesen adquirido.
3.2. Valoración
posterior.
Los activos financieros disponibles para la venta
se valoran por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que
se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor
razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, hasta que el
activo financiero cause baja del balance o se deteriore, momento en que el
importe así reconocido, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Las
cuentas que recogen los ajustes de valor en el patrimonio neto de estos activos
pueden presentar saldo deudor o acreedor, dependiendo de que se trate de una
disminución o de un incremento en el valor de los activos, y se registran en
los grupos 8 y 9 del P.G.C., consecuentemente formarán parte del Estado de
gastos e ingresos reconocidos que forma parte a su vez del Estado de cambios en
el patrimonio neto.
Al contrario de lo que sucede con la cartera de
negociación, los activos financieros ubicados en esta categoría al valorarse a
valor razonable con cambios a patrimonio neto no se pierde la información del
coste histórico o precio de adquisición, que se obtiene al sumar o restar al
saldo que presente el activo en cuestión, los ajustes imputados al patrimonio
neto.
Desde el punto de vista fiscal en el caso de que
los ingresos y los gastos se imputaran en el período impositivo en que se
devenguen, las variaciones en el valor razonable imputadas directamente en el
patrimonio neto no formarían parte de la resultado fiscal hasta el periodo en
el que se traspasen a pérdidas y ganancias.
Ejemplo 7. Adquisición,
valoración posterior y venta de activos financieros disponible para la venta.
El día 12/2/X2 adquirimos a través de bolsa acciones de la empresa “A” y “B” las cuales
se ha clasificado como “disponibles para la venta”.
Los costes de transacción has ascendido a 2.000 €
para las acciones de “A” y 2.000 € para
las de “B”.
Cotizaciones
|
|||
Acciones
|
12/2/X2
|
31/12/X2
|
31/12/X3
|
A
|
148.000
|
100.000
|
|
B
|
158.000
|
200.000
|
220.000
|
El 25/9/X3, vendió los títulos A por 120.000 €.
SE PIDE: Realizar los asientos correspondientes a
las siguientes fechas: 12/2/X2; 31/12/X2; 25/9/X3 y 31/12/X3 suponiendo una tasa
del impuesto de beneficios del 30%.
Solución:
Registro
contable:
|
||
12/2/X2. Por la adquisición de las acciones de “A” y
de “B”:
|
D
|
H
|
AFDV. Acciones de A
AFDV. Acciones de B
Tesorería
|
150.000
160.000
|
310.000
|
31/12/X2. Por la revisión del valor razonable de los títulos de A
|
D
|
H
|
Patrimonio neto en AFDV.
Acciones de A (70% de 50.000)
Activo
por Diferencias Temporarias Deducibles[3]
(30% de 50.000)
AFDV. Acciones de A
(150.000 – 100.000)
|
35.000
15.000
|
50.000
|
31/12/X2. Por la revisión del valor razonable de los títulos de B
|
D
|
H
|
AFDV.
Acciones de B (200.000 – 160.000)
Patrimonio neto en AFDV.
Acciones de B (70% de 40.000)
Pasivo
por diferencias temporarias imponibles[4]
(30% de 40.000)
|
40.000
|
28.000
12.000
|
25/9/X3. Por la venta de los títulos de “A”
|
D
|
H
|
Tesorería
AFDV. Acciones de A
Bº en AFDV
(120.000 - 100.000)
|
120.000
|
100.000
20.000
|
25/9/X3. Por el traspaso acumulado en cuentas de
patrimonio neto a resultados:
|
D
|
H
|
Pérdidas de AFDV
Patrimonio neto en AFDV.
Acciones de A
Activo
por Diferencias Temporarias Deducibles
|
50.000
|
35.000
15.000
|
31/12/X3. Por la actualización del valor correspondiente a las
acciones de “B”
|
D
|
H
|
AFDV. Acciones de B. Acciones de B (220.000 -200.000)
Patrimonio neto en AFDV.
Acciones de B (70% de 20.000)
Pasivo por diferencias
temporarias imponibles (30% de 20.000)
|
20.000
|
14.000
6.000
|
Ejemplo 8.
Valoración y registro de activos financieros de renta fija clasificados en la
cartera de “Disponibles para la venta”.
A 31/12/X3 la cuenta “Valores representativos de deuda a largo plazo” de la empresa ZZ
presenta un saldo de 410.000 €. Dicha cuenta hace referencia a unas
obligaciones asignadas a la cartera de “Activos financieros disponibles para la
venta” que fueron adquiridas en su día por importe de 402.000 €, devengan un
interés anual de 6% pagadero el 31/12 de cada año y se amortizan el 31/12/X6
por su valor nominal que asciende a 400.000 €. En el momento actual el tipo de
interés de mercado para activos similares se sitúa en el 4%.
Se pide: Suponiendo que se hayan cobrado los
intereses correspondientes al ejercicio X3 y que la tasa del impuesto sobre
beneficios sea del 30% determinar:
- el valor razonable de los títulos a 31/12/X4
- Anotaciones contables que procedan en dicha fecha.
Solución:
- Determinación del valor razonable:
Valor razonable = 6% de 400.000/1,04 + 6% de 400.000/1,042
+ (6% de 400.000 + 400.000)/1,043 = 422.200
Como el saldo actual de los títulos es de 410.000
tendremos que incrementar su valor en 12.200 € hasta que alcance el valor de 422.200
€.
2. Anotaciones contables:
Registro contable de las obligaciones de WW:
|
||
31/12/X3. Por la revisión
del valor razonable de las obligaciones:
|
D
|
H
|
Valores representativos de deuda a largo plazo. Obligaciones de WW
Patrimonio neto.
Obligaciones de WW (70% de 12.200)
Pasivo por diferencias
temporarias imponibles (30% de 12.200)
|
12.200
|
8.540
3.660
|
Por lo que respecta a las acciones no cotizadas, lo
más habitual es que no se pueda realizar una revisión periódica del valor al no
poderse obtener un valor razonable fiable. Por lo tanto en este caso, la valoración
posterior no se realiza a valor razonable sino al coste y, si procede, se
disminuye por el deterioro de valor que pueda corresponderle.
3.3. Deterioro
del valor de activos financieros disponibles para la venta.
La
reducción de valor de los activos financieros disponibles para la venta puede realizarse,
bien mediante la disminución directa con cambios a patrimonio neto, o bien,
mediante el reconocimiento de deterioro. Las empresas deberán decidir si se
trata de una simple disminución de precios o, por el contrario, se trata de un
deterioro derivado de un cambio sustancial en la situación del emisor de los
títulos.
En el caso de que estén deteriorados los activos
financieros disponibles para la venta vendrá motivado por uno o más eventos que
hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial, y que ocasionen:
a)
En el caso de los instrumentos de deuda adquiridos, una reducción o retraso en
los flujos de efectivo estimados futuros, que pueden venir motivados por la
insolvencia del deudor; o
b)
En el caso de inversiones en instrumentos de patrimonio, la falta de
recuperabilidad del valor en libros del activo, evidenciada, por ejemplo, por
un descenso prolongado o significativo en su valor razonable por debajo de su
coste.
El
importe de la pérdida acumulada que haya sido reclasificado del patrimonio neto
al resultado del ejercicio será la diferencia entre el coste de y el valor
razonable actual, menos cualquier pérdida por deterioro del valor de ese activo
financiero previamente reconocida en el resultado del ejercicio.
Las pérdidas acumuladas reconocidas en el
patrimonio neto por disminución del valor razonable, siempre que exista una
evidencia objetiva de deterioro en el valor del activo, se reconocerán en el
resultado del ejercicio.
En el caso de que, como consecuencia de algún
evento ocurrido en algún ejercicio posterior, revierta el deterioro,
procederemos de la siguiente forma en función de la modalidad del activo
financiero disponible para la venta de que se trate:
·
Instrumentos de deuda. Hasta
recuperar el importe deteriorado se imputa al resultado del ejercicio, y
si sobrepasa dicho importe se lleva directamente a patrimonio neto.
·
Instrumentos de patrimonio valorados a valor razonable. El incremento
de valor razonable por la reversión del deterioro se registrará directamente
contra el patrimonio neto.
·
Instrumentos de patrimonio valorados a coste, por no poder determinarse
con fiabilidad su valor razonable, no será posible la reversión del deterioro
reconocido en ejercicios anteriores.
Ejemplo 9. Deterioro de activos
financieros disponibles para la venta.
A
31/12/X3 la cartera de activos financieros disponibles para la venta de la
empresa TT está compuesta por los siguientes valores:
- 20.000 obligaciones
de la empresa AA adquiridas en X1 por importe de 400.000 €. El 31/12/X2 se
reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000 € ya que AA
atravesaba serias dificultades financieras pero a fecha actual el valor
razonable se ha recuperado hasta alcanzar un importe de 408.000 €
- 10.000 obligaciones
de la empresa BB adquiridas en X1 por importe de 202.000 €, presentando un
valor razonable a 31/12/X2 por importe de 196.000 €. A fecha de balance se
comprueba que los títulos han experimentado un fuerte deterioro, alcanzando
una valor de 120.000 €.
- 10.000 acciones de
la empresa CC adquiridas en su día por importe de 380.000 €. El 31/12/X2
se reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000 € ya que CC
se encontraba al borde del concurso de acreedores pero a fecha actual el
valor razonable se ha recuperado hasta alcanzar un importe de 440.000 €.
- 40.000 acciones no
cotizadas de la empresa DD adquiridas en su día por importe de 300.000 €.
El 31/12/X2 se reconoció un deterioro de esos títulos por importe de 80.000€,
pues el valor recuperable máximo que se cifró ascendió a 22.000 €. A fecha
actual se considera que la empresa DD se ha recuperado y su valor se
estima que está por encima de 320.000 € aunque no es fiable esta
valoración.
Se
pide: anotaciones contables que procedan correspondiente a los diferentes
activos financieros de la cartera disponibles para la venta suponiendo que el
tipo impositivo es del 30%.
Solución:
Obligaciones
AA. Hemos de registrar los títulos por el valor razonable que presenten en
dicha fecha registrando la reversión del deterioro en cuentas de pérdidas y
ganancias y el importe que supere el deterioro reconocido en el ejercicio
anterior se registra directamente en cuentas de patrimonio neto.
Registro contable de las acciones AA:
|
||
31/12/X3. Por la revisión
del valor razonable de las obligaciones de AA
|
D
|
H
|
Deterioro de valor de AFDV
Reversión del deterioro de
AFDV
|
80.000
|
80.000
|
AFDV. Obligaciones de AA
Patrimonio Neto. Obligaciones de AA (70% de 8.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 8.000)
|
8.000
|
5.600
2.400
|
Obligaciones
de BB. Hemos de valorar las obligaciones por un importe neto 120.000 €, llevar
el importe acumulado en cuentas de patrimonio neto a resultados y reconocer un
deterioro por la diferencia con la valoración anterior.
Registro contable de las obligaciones de BB:
|
||
31/12/X3. Por la revisión
del valor razonable de las acciones de BB
|
D
|
H
|
Pérdidas de AFDV
Patrimonio Neto.
Obligaciones de AA (70% de 6.000)
Activo por diferencias
temporarias deducibles (30% de 6,000)
|
6.000
|
4,200
1.800
|
Pérdidas por deterioro AFDV
Deterioro de valor de AFDV
196.000 – 120.000
|
76.000
|
76.000
|
Acciones CC. Valoramos los títulos de CC por el valor razonable que presentan a 31/12/X3 registrando el incremento de valor directamente en cuentas de patrimonio neto al tratarse de instrumentos de patrimonio. En este caso la recuperación del deterioro se considera como una revalorización del activo.
Registro contable de las acciones CC:
|
||
31/12/X3. Por la revisión
del valor razonable de las acciones de CC
|
D
|
H
|
Deterioro de valor de AFDV
Patrimonio Neto. Acciones
de CC (70% de 80.000)
Activo por diferencias
temporarias imponibles (30% de 80.000)
|
80.000
|
56.000
2.400
|
AFDV. Acciones de CC
(440.000 – 380.000)
Patrimonio Neto. Acciones
de CC (70% de 60.000)
Pasivo por diferencias temporarias imponibles (30% de 60.000)
|
60.000
|
42.000
18.000
|
Acciones de DD. Al tratarse de instrumentos de patrimonio no cotizado y de los que no puede obtenerse un valor razonable fiable, el importe del deterioro reconocido en el ejercicio anterior no tiene reversión posible mientras no pueda determinarse un valor razonable fiable, en cuyo caso procederíamos como en el punto anterior (acciones de CC).
4.
Reclasificación de activos financieros.
Lo
normal es que no se realicen cambios de unas categorías a otras, no obstante,
en algunas situaciones es necesario realizarse dichos cambios debido a
decisiones efectivas que lo provocan, por ejemplo si vendemos una parte
significativa de los activos financieros mantenidos hasta el vencimiento, ello
hace que el resto de los activos de esa cartera pasen a la de “disponibles para
la venta”, o si seguimos adquiriendo títulos de una compañía que teníamos en la
cartera de negociación o de “disponibles para la venta” puede llegar un momento
en el que pasen a considerarse dichos títulos como una empresa asociada, del
grupo o multigrupo.
Cuando
se produce un cambio de categoría el valor contable de la categoría de origen se
considera coste en la de destino y, posteriormente, se aplican sus reglas, sin
que el cambio de categoría pueda dar lugar a pérdidas o ganancias.
Como
comentamos anteriormente, los activos financieros ubicados en la categoría de “mantenidos
hasta el vencimiento” pueden pasar, si se dan las circunstancias, a la
categoría de “disponibles para la venta”, y pueden volver a la categoría de
origen si transcurridos dos ejercicios la entidad lo considera más razonable.
Los
activos financieros que inicialmente fueron ubicados en la cartera de
negociación (a valor razonable con cambios al resultado del ejercicio) no
pueden reclasificarse, salvo cuando proceda calificar al activo como inversión
en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo o asociadas.
Cuando
la inversión en el patrimonio de una empresa del grupo, multigrupo o asociada
deje de tener tal calificación, la inversión que, en su caso, se mantenga en
esa empresa se valorará de acuerdo con las reglas aplicables a los activos
financieros disponibles para la venta.
Reclasificación
de activos financieros:
ORIGEN
DESTINO
|
Activos financieros mantenidos
hasta el vencimiento
|
Activos a valor razonable
con cambios en resultados
|
Activos financieros
disponibles para la venta
|
Inversiones en el patrimonio
de empresas del grupo, multigrupo y asociadas
|
Activos financieros
mantenidos hasta el vencimiento
|
NO
|
SI
|
NO
|
|
Activos a valor razonable
con cambios en resultados
|
NO
|
NO
|
NO
|
|
Activos financieros
disponibles para la venta
|
SI
|
NO
|
SI
|
|
Inversiones en el patrimonio
de empresas del grupo, multigrupo y asociadas
|
NO
|
SI
|
SI
|
Ejemplo 10. Reclasificación la cartera
de “mantenidos hasta el vencimiento a la de “disponibles para la venta” debido
a sanción por incumplimiento de las condiciones.
Se
adquieren a comienzos del ejercicio X2, 20.000 obligaciones de la empresa “FF.”
por 400.000 €, dicho importe coincide con el valor nominal de las obligaciones
que hemos decidido asignarlas a la cartera de “activos financieros mantenidos
hasta el vencimiento”, gastos de transacción 3.200 €. Dichos títulos devengan
un interés anual del 5% pagadero el 31/12 de cada año y se amortizan el
31/12/X6. El 31/12/X2, una vez cobrados los intereses del ejercicio, ante la
necesidad de liquidez de la empresa se venden la mitad de los títulos por
importe de 196.000 €, gastos de transacción 1.600 €.
El
31/12/X2 se enajenan los títulos restantes por importe de 200.000 €, gastos de
transacción 1.600 €.
Se
pide: Realizar las anotaciones contables que procedan suponiendo una tasa del
impuesto de beneficios del 30%.
Solución:
El
hecho de vender una parte no insignificante de los títulos ubicados en la
cartera de “mantenidos hasta el vencimiento” contamina el resto de las
obligaciones mantenidas en dicha cartera que pasan a la categoría de
“disponibles para la venta”, registrando las diferencias de valor en el patrimonio
neto.
Registro contable de las obligaciones “FF”:
|
||
1/11/X2. Por la
adquisición de las obligaciones
|
D
|
H
|
AFMV. Obligaciones de FF
Tesorería
|
403.200
|
403.200
|
31/12/X2. Por el cobro de intereses
|
D
|
H
|
Tesorería
Ingresos financieros por intereses
|
20.000
|
20.000
|
31/12/X2. Por la venta de los títulos
|
D
|
H
|
Tesorería (196.000 – 1.600)
Pérdidas en obligaciones de FF
AFMV. Obligaciones de FF (201.600/2)
|
194.400
7.200
|
201.600
|
31/12/X2. Por la
reclasificación de la cartera
|
D
|
H
|
AFDV. Obligaciones de FF
Patrimonio neto. Obligaciones de FF 70% de 5.600 (201.600 – 196.000)
Activo por diferencias
temporarias deducibles (30% de 5.600)
AFMV. Obligaciones de FF
Los gastos de transacción no se tienen en cuenta
|
196.000
3.920
1.680
|
201.600
|
31/12/X3. Por el cobro de intereses
|
D
|
H
|
Tesorería
Ingresos Financieros
por intereses
|
10.000
|
10.000
|
31/12/X3. Por la venta de los títulos
|
D
|
H
|
Tesorería (200.000 – 1.600)
Beneficios en
obligaciones de FF
AFDV.
Obligaciones de FF
|
198.400
|
2.400
196.000
|
31/12/X3. Por el traspaso
de patrimonio neto a resultados:
|
D
|
H
|
Perdidas obligaciones de
FF
Patrimonio neto.
Obligaciones de FF
Activo por diferencias
temporarias deducibles
|
5.600
|
3.920
1.680
|
5.
Cuadro resumen de la valoración inicial y posterior de los activos financieros.
En
el siguiente cuadro figura un cuadro resumen de las valoraciones iniciales y
posteriores de los diferentes activos financieros.
Clase
Momento
|
Préstamos y partidas a
Cobrar:
|
Inversiones
mantenidas hasta el vencimiento
|
Activos financieros
mantenidos para negociar
|
Activos
financieros disponibles para la venta
|
|
Intereses incluidos en
nominal no significativos
|
Intereses incluidos en
nominal significativos
|
||||
Valoración inicial
|
Se puede optar entre:
·
VR + Gastos de Transac.
o
·
Valor nominal
|
VR+ Gastos de Transac.
|
VR+ Gastos de Transac.
|
VR
Gastos de Transac. a resultados
|
VR+Gastos de Transac
|
Valoración posterior[5]
|
Coste amortizado
o
Valor nominal
|
Coste amortizado
|
Coste amortizado
|
VR con cambios a rtdos
|
VR con cambios a PN
o
Coste si no hay VR fiable
|
El
importe de los dividendos acordados por el órgano competente en el momento de
la adquisición así como el importe de los intereses explícitos devengados y no
vencidos en dicho momento se registrará de forma independiente.
[1] Intereses explícitos son aquellos que no forman parte del valor de reembolso.
[2] El tanto de interés efectivo coincide con el tanto de interés de las obligaciones al coincidir a 1/1/X6 el coste amortizado con el valor de reembolso.
[3] En el presente ejercicio no tendrá la consideración de gasto fiscal la disminución de la cotización experimentada, pero en el ejercicio en el que se vendan los títulos si que tendrá dicha consideración
[4] En el presente ejercicio no tendrá la consideración de ingreso fiscal el incremento de la cotización experimentada, pero en el ejercicio en el que se vendan los títulos si que tendrá dicha consideración.
[5] En la valoración posterior
del cuadro-resumen no está contemplado el deterioro, por lo que en el caso de
estar deteriorados tendremos que reducir dicho valor, salvo en los activos
financieros valorados a valor razonable con cambios a pérdidas y ganancias.
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